Se prorrogó el Cuota Simple: más rubros y hasta 12 cuotas

El Gobierno nacional renovó el programa "Cuota simple" que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre. Se agregaron 6 rubros que se suman a los 29 rubros ya existentes.

El Gobierno nacional renovó el programa “Cuota simple” que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre.

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) celebra la inclusión de la posibilidad de financiación en 9 y 12 cuotas, el agregado de nuevos rubros y la extensión hasta fin de año del programa Cuota Simple, tres pedidos que la entidad realizó al secretario de Comercio, Pablo Lavigne. “Esta herramienta es fundamental para incentivar el consumo, sobre todo en este contexto de baja de ventas minoristas. Según nuestro último informe, las ventas de los comercios pymes acumulan una caída de 18,4% en el primer cuatrimestre del año”, manifestó el presidente de CAME, Alfredo González.

La Secretaría de Comercio publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 69/2024 que extiende el programa que apunta a incentivar el consumo. A los 29 rubros ya existentes se agregaron 6 más que fueron solicitados por CAME: materiales y maquinaria de construcción; repuesto de automotores y motos; cámaras de videovigilancia, sistemas de videovigilancia; servicios de cuidado personal; y turismo como rubro permanente.

“Estas mejoras del Cuota Simple, que nos permitirán ampliar nuestras posibilidades de venta en esta época de bolsillos flacos, pudieron realizarse por la política monetaria de baja de tasas de interés que está llevando adelante el Banco Central”, afirmó el secretario general de CAME, Ricardo Diab.

Así, las nuevas tasas directas, que se aplican dentro de un plazo de 10 días hábiles a partir de la realización de la venta, son:

3 cuotas: 6,03 %

6 cuotas: 11,45 %

9 cuotas: 16,45 %

12 cuotas: 21,07 % (en 10 días hábiles) o 16,30% (en 60 días corridos).

Rubros

• Anteojos y lentes de contacto (adquiridos en ópticas, cuyo precio final no supere los $97.000).

• Artefactos de iluminación

• Artículos de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).

• Todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

• Calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

• Colchones y sommiers.

• Computadoras, Notebooks y Tabletas

• Elementos durables de cocina (comprende ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio)

• Equipamiento médico (comprende equipos aparatos de oxigenoterapia, nebulizadores, camas ortopédicas, sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción, sillas de ruedas, ortesis, ortopedia y sus partes –prótesis para amputados, valvas a medida, ortesis a medida, plantillas, corsets a medida, andadores, bastones, muletas– producidos por PyMEs nacionales cuyo precio final no supere los $200.000.

• Espectáculos y eventos culturales (obras teatrales y conciertos de artistas nacionales. Se establece un tope de $62.000).

• Indumentaria (Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños. Incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir).

• Instrumentos musicales

• Juguetes y juegos de mesa

• Kit para la conexión domiciliaria a los servicios de agua y cloacas

• Libros (textos escolares y libros de impresión nacional).

• Línea Blanca (aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers).

• Maquinaria y Herramientas (taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas).

• Motos (cuyo precio final no supere el $1.300.000)

• Muebles para el hogar.

• Neumáticos, accesorios y repuestos (kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos).

• Pequeños electrodomésticos (pavas eléctricas, licuadoras, procesadoras, batidoras, tostadoras, entre otras).

• Perfumería (productos de cosmética, cuidado personal y perfumes nacionales).

• Servicios educativos (cursos de Idioma, relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades).

• Servicios de preparación para el deporte (gimnasios).

• Servicios de reparaciones (servicios técnicos de electrónica y electrodomésticos para el hogar).

• Talleres de reparación de vehículos automotores y motocicletas

• Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G (todos los modelos).

• Televisores y monitores (todos los modelos).

• Turismo

Para accder a la resolución ingresar en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/307635/20240517

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